Otro desproposito legislativo: La ley de crowdfunding


El viernes 28 de Febrero el Consejo de Ministros anunció el anteproyecto de ley mediante el que pretende regular el crowdfunding. A mi modo de ver, el ansia legislativa de ejecutivo refleja su miedo cada vez que abre un navegador y se encuentra con nuevos modelos de negocio que escapan al control y reglamentación legislativa, que es lo que está pasando con todas las leyes que afectan a la economía de la red 

Un ejemplo es la llamada Tasa Google de la que ya hablamos aquí, y sobre la que Google España ya se ha pronunciado. La regulación del crowdfunding parece ser otro ejemplo de despropósito legislativo

¿Qué es el crowdfunding?

Es un sistema de financiación colectiva mediante el que una persona financia un proyecto con las aportaciones de muchos usuarios. Los usuarios, a su vez, reciben distintas recompensas en función del dinero que hayan aportado. Hay tres tipos de crowdfunding: 
  1. Basic crowdfunding. Las aportaciones de los usuarios llevan aparejadas unas recompensas físicas o digitales. Este es el método usado por grupos de música para editar sus discos, por escritores para sus libros o por cineastas para sus cortometrajes, entre otros.
  2. Equity crowdfunding. Una empresa que necesita financiación abre una ronda en la que los usuarios, a cambio de su dinero, reciben acciones de la compañía. Este método está siendo usado de manera creciente por startups tecnológicas.
  3. Crowdlending crowdfunding. Una persona que necesita dinero recibe la ayuda de los usuarios, que recuperarán su dinero pasado un tiempo y con un interés previamente pactado. Es un método usado, básicamente, por personas o empresas que necesitan un empujón financiero y no quieren repartir acciones.


¿Está regulado el crowdfunding en España?

A día de hoy, nuestro país no cuenta con una legislación específica aplicable al crowdfunding. Ante esta especie de vacío legal, el crowdfunding básico (de recompensas) tributa como cualquier tipo de venta privada. En cuanto al equity crowdfunding y el crowdlending, se mueven en parámetros muy similares al capital riesgo tradicional.

¿Es adecuada esta legislación?

A priori, sin entrar en los detalles, parece un paso acertado. Lo están haciendo en otros países, con una trayectoria mucho más intensa en financiación más allá de las entidades bancarias. Es una vía suficientemente extendida como para que deba tener un marco regulatorio, que evite abusos y problemas y dé seguridad jurídica. Establecer esas reglas de juego en el crowdfunding en teoría, bueno para todas las partes implicadas. Muchas plataformas de crowdfunding apoyan una regulación, ya que no quieren que el crowdfunding se convierta en la nueva moda en la que la gente invierta su dinero sin conocer los riesgos que conlleva.

¿A quien afectará esta ley?

El borrador de ley es confuso pero parece seguro que afectará al equity crowdfunding y al crowdlending imponiendo unos límites de financiación de 1.000.000 euros para cada proyecto y una aportación máxima por parte de los inversores de 3.000 euros. Además las plataformas de crowdfunding tendrán que tener un capital igual o superior a 50.000 €, o un seguro de responsabilidad civil con una cobertura anual de 150.000€. Además la ley contempla multas de hasta 200.000€ y la prohibición de operar durante 5 años en caso de incumplimiento.

Además según el gobierno al tratarse de inversiones que conllevan un importe y un riesgo elevados, desde la Comisión Nacional del Mercado de Valores se entiende que estas plataformas tienen que estar más controladas. 

El problema esta en los límites de recaudación e inversión.

Lo que muchos no entendemos es como se pueden poner puertas a la financiación de un proyecto. En España, hasta ahora, las dos operaciones más importantes conocidas en las dos modalidades fundamentales de crowdfunding no se acercan a esa cantidad del millón de euros, pero no parece que el millón de euros sea una meta inalcanzable.
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La plataforma Lanzanos rozó los 700.000 euros para la creación de una nueva versión del juego HeroQuest. Mobincube, equity crowdfunding, plataforma para crear apps móviles, logró 900.000 euros de financiación, de los que 300.000 fueron reunidos por 33 inversores privados a través de The Crowd Angel
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Por comparar sabían Uds. que los partidos políticos en España pueden recibir aportaciones de donantes individuales, tanto físicos como jurídicos, que no superen los 100.000 euros/año (las donaciones en especie en forma de bienes inmuebles quedan excluidas de este límite). 

Es decir yo puedo dar 100.000 euros a un partido, pero un máximo de 3.000 euros a un proyecto de crowdfunding. Las comparaciones son odiosas, pero quizás ayuden a que Uds. saquen sus conclusiones.

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